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Anuncia como nueva una prohibición que ya existía en la Reserva de Bahía de Jobos para la proteccion del Manatí

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por Víctor Alvarado Guzmán

valvarados@gmail.com

La Orden Administrativa 2026-05 emitida por el secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Waldemar Quiles Pérez, la cual prohíbe el uso de motoras acuáticas (jet skis) en el Mar Negro en Salinas presenta como una nueva medida de protección hacia los manatíes una restricción que ya existe desde hace años dentro de la Reserva Nacional de Investigación Estuarina de Bahía de Jobos, la segunda área estuarina más amplia de Puerto Rico.

El anuncio crea la impresión de que el Gobierno acaba de establecer una nueva protección para los manatíes, cuando el propio Plan de Manejo de la Reserva ya prohibía el uso de motoras acuáticas en todas las aguas de la Reserva.

” El Plan de Manejo de la Reserva Nacional Estuarina de Bahía de Jobos, en su Sección 9.2 sobre usos permitidos y prohibidos, establece que únicamente se permite el uso de kayaks y embarcaciones conforme a la Ley 430-2000 y su reglamentación vigente, mientras que el uso de motoras acuáticas está expresamente prohibido en todas las aguas de la Reserva. Si el uso de motoras acuáticas ya estaba prohibido en Mar Negro y en toda la Reserva de Bahía de Jobos, lo quee revela es qué el DRNA nunca hizo cumplir la que ya existía.

Residentes de la comunidad de Las Mareas aseguran que prácticamente todos los fines de semana continúan entrando motoras acuáticas al área de Mar Negro, a pesar de que esa práctica ya estaba prohibida.

Esta situacion lo que demuestra es la descordinacion administrativa que existe en el DRNA. El asunto supone que el Cuerpo de Vigilantes del DRNA estubiera poniendo en vigor la ley. ¿Cuántos boletos se han expedido por violaciones a esta prohibición durante los últimos cinco años?

La Orden Administrativa se limita al área conocida como Mar Negro, dentro de la Bahía de Jobos. El Mar Negro es solamente un sector de la Reserva. Mientras tanto, los manatíes continúan expuestos a embarcaciones y motoras acuáticas en otras zonas donde también se han registrado muertes. El el pasado ocurrió una muerte de un manatí cerca del muelle del restaurante Ladis Place, una zona distante de Mar Negro. Eso implica que hay que regular la velocidad y el uso de esas motoras acuaticas en en el resto de la Bahía de Jobos y en la Bahía de Salinas.

El Plan de Manejo de la Reserva dispone un corredor de navegación a través de Mar Negro exclusivamente para facilitar el acceso de los pescadores locales hacia la comunidad de Las Mareas, limita las embarcaciones a un máximo de 22 pies y establece una velocidad máxima de cinco nudos para proteger los ecosistemas sensibles. Sin embargo, la nueva Orden Administrativa del DRNA aumenta el tamaño permitido de las embarcaciones hasta 25 pies y omite precisar que ese corredor fue concebido para el uso de pescadores locales.

Evidentemente estamos ante un problema de negligencia e incompetencia administrativa. Sabido es que la temeridad de personas en uso de embarcaciones supone que la protección efectiva del manatí antillano requiere una estrategia integral que incluya vigilancia permanente, patrullaje marítimo, educación a los navegantes, fiscalización efectiva y medidas de conservación en todas las áreas donde habita la especie, y no únicamente en un sector específico de la Bahía de Jobos.

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