Santos_p_amadeoUn día como hoy, 9 de junio, se conmemora el natalicio del Dr. Santos Primo Amadeo Semidey (1902-1980). Este nieto de hacendados sureños nació en Salinas el 9 de junio de 1902.  Sus antepasados figuran entre las familias que arribaron a Salinas en el siglo 19 y que prontamente se convirtieron en terratenientes e impulsaron la creación del municipio.

Sus estudios primarios los realizó en Salinas, Patillas y Fajardo. Se graduó en la Escuela Superior East Greenwich Academy, en Rhode Island, en 1923. En la Universidad de Michigan obtuvo el grado de Bachiller en Artes y de Maestría, con especialización en Ciencias Políticas.  En 1935 la Universidad de Northwestern, Illinois le confirió el grado de Juris Doctor. Mientras trabajaba como profesor de derecho en la Universidad de Columbia cursó estudios allí hasta obtener en 1938 el grado de Doctor en Ciencias del Derecho. Su tesis doctoral titulada Argentine Constitutional Law, fue publicado por la “Columbia University Press”.

Luego de enseñar en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Puerto Rico, en 1943 pasó a formar parte de la facultad de la Escuela de Derecho de la UPR hasta 1969, cuando le fue otorgado el título de “Profesor Emeritus”.

El Dr. Amadeo, que desde 1939 ejerció su profesión de abogado en Puerto Rico, es considerado un paladín de los derechos humanos[1]  Ese es precisamente el hilo conductor de sus escritos legales entre los que se incluyen los siguientes:

“Daños y Perjuicios por Muerte Ilegal” (1944); “Argentine Constitutional Law: The Judicial Function in the Maintenance of the Federal System and the Preservation of Individual Rights”, Columbia University Press (1943); “La Revisión Judicial de la Comisión Industrial de Puerto Rico” (1946); “La Revisión Judicial de los Poderes del Gobernador de Puerto Rico” (1949); “Revisión Judicial de las Juntas Examinadoras” (1946); “El Habeas Corpus en Puerto Rico” (1948); “Los Poderes de los Tribunales de Puerto Rico para Castigar por Desacato” (1949); y “School of Penal Thought Reflected in Modern Penal Legislation” (1950).

Reconocido como destacado jurista, Amadeo Semidey realizó labores de asesoría para entidades como: la Junta de Economía de Guerra que operó en Puerto Rico durante la Segunda Guerra Mundial; varios comités del Senado de los Estados Unidos; la “American Civil Liberties Union”; la delegación del Partido Estadista a la Convención Constituyente de 1952 a y la delegación del Partido Estadista Republicano a la Comisión de Status.

Santos P. Amadeo fue miembro de la batería de abogados que defendió a los quince independentistas acusados de violar la Ley de la Mordaza luego de la Revuelta Nacionalista de 1950. Como experto en derecho constitucional Amadeo cuestionó y lucho contra dicha ley denunciado su carácter inconstitucional ante el Tribunal Supremo con un recurso de hábeas curpus a favor del ponceño  Enrique Ayoroa Abreu, acusado de participar en la Masacre de Ponce[2]

El Dr. Amadeo, un ferviente defensor de los derechos humanos, creía que la soberanía de Puerto Rico se obtenía mediante la anexión a los Estados Unidos, aunque siempre afirmaba que si Estados Unidos se negaba a incorporar a Puerto Rico como estado, él optaría por la independencia. En 1960 su Partido Estadista Republicano lo nominó para senador por acumulación, posición que ejerció durante el cuatrienio de 1961 a 1964.

Como senador Amadeo Semidey continuó luchando a favor de los derechos humanos en Puerto Rico.  Con ese objetivo propuso múltiples medidas legislativas que ahora figuran en nuestro ordenamiento jurídico.  Entre sus proyectos legislativo se pueden mencionar: “el P. del S. 93, para declarar inadmisible toda confesión o admisión extrajudicial del acusado hecha sin abogado (antecediendo lo resuelto por la Corte Suprema de los Estados Unidos en Miranda v. Arizona, 384 U.S. 436); el P. del S. 50, para prohibir la divulgación de las investigaciones criminales de delitos graves; el P. del S. 63, para autorizar demandar al Pueblo de Puerto Rico por arresto ilegal y allanamiento de morada; P. del S. 74, para crear al cargo de Juez Penitenciario; P. del S. 91, para conceder el derecho a juicio por jurado en delitos menos graves con más de un año de penalidad o cárcel mandataria (antecediendo lo resuelto por el más alto foro nacional en Duncan v. Louisiana, 391 U.S. 145); y la Resolución Concurrente Núm. 1, para crear una Comisión de Derechos Civiles en cada uno de los cuerpos legislativos”.

En el Diario de Sesiones de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico (Parte I, página 841, 1961) el Senador Amadeo Semidey dejó consignada su defensa a favor de la asistencia legal de los pobres cuando expreso: “no podemos hablar de democracia en este país, mientras no haya democracia en la administración de la justicia, en donde los pobres estén debidamente defendidos.”

Como bien afirmara el licenciado Neftalí Fuster González[3] la historia de Puerto Rico no estaría completa sin que se reconociera a la figura del salinense Santos P. Amadeo como campeón de “nuestras libertades civiles, de los derechos de los acusados y de la libertad integral de cada puertorriqueño”

*Basado en Ley núm. 253 de 13 de agosto de 2008 para declarar el 9 de junio como “Día Conmemorativo del Natalicio del Doctor Santos P. Amadeo

srs


[1]  Marchand, Carmen Julia.  “La Contribución del Dr. Santos P. Amadeo a la Defensa de los Derechos Fundamentales de los Puertorriqueños”, Revista del Colegio de Abogados de Puerto Rico 651, noviembre 1978

[2] Acosta, Ivonne. La Mordaza, Editorial Edil, Río Piedras,1989

[3] Fuster González, Neftalí. “Recordando a Don Santos” El Nuevo Día, 21 de septiembre de 1980, página 32.