A diario se envían electrónicamente en Puerto Rico miles de mensajes a través de los teléfono celulares. Enviar mensajes de textos ha creado un nuevo verbo en el español actual: textear. Por lo tanto se suele decir: yo texteo, tu texteas, nosotros texteamos.

Pero textear, como todo sistema de envío de mensaje, puede conducir a vericuetos legales cuando esos texteos producen molestia o daños.

En términos generales a estos mensajes electrónicos le aplicaría las mismas acciones legales que a cualquiera de los métodos tradicionales de enviar mensajes.

El asunto de enviar mensajes e imágenes electrónicamente cobró notoriedad cuando recientemente en el Senado de Puerto Rico se presentó un proyecto de ley para controlar la transmisión de desnudos por celulares entre los menores de edad. Algo así  como prohibirles comprar o ingerir bebidas alcohólicas.

A la práctica de enviar imágenes de desnudos se le ha llamado en EE.UU. sexting, vocablo que podríamos traducir como Sextear.  La gente continúa enriqueciendo el vocabulario obligados por el nuevo escenario que surge de las tecnologías. Sextear,  no es otra cosa que textear imágenes de naturaleza  sexual por el teléfono celular.  Cuando no son imágenes de ese tipo, genéricamente estaríamos quizás realizando la acción de fottear, es decir  enviando fotos por el dispositivo de mensajes de los  aparatos celulares. Fottear, porque fototear nos recuerda otra cosa.

Sabemos que toda prohibición no asegura que deje de realizarse el acto prohibido, y sextear, aunque probablemente puede controlarse con mayor facilidad por el propio medio de envío, requerirá siempre para su cumplimiento una vigilancia tan difícil de realizar, como difícil es vigilar quién compra un pitillo de mariguana.

En fin, que siempre tendrá que haber un querellante que  le cause molestia ser el protagonista o recibir un sexteo.

Mientras tanto, ¿quién nos salva de los montones de mensajes comerciales no deseados que nos textean a diario las propias compañías de teléfonos celulares?